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Profesora de la UV participa en Primeras Jornadas Binacionales de Derecho Civil Chile-Colombia

01 septiembre 2026

Académica Pamela Prado presentó la ponencia “Una visión crítica de la jurisprudencia acerca de la aplicación de la excepción de contrato no cumplido”.

La profesora Pamela Prado, del Departamento de Derecho Civil de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, participó en las Primeras Jornadas Binacionales de Derecho Civil Chile-Colombia, encuentro académico desarrollado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y que reunió a destacados especialistas de ambos países.

La iniciativa surge a partir de la colaboración académica entre la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia, con el propósito de constituir un espacio de alto nivel para el debate dogmático y el intercambio intelectual entre civilistas chilenos y colombianos. En adelante, la Facultad de Derecho de la Universidad de Valparaíso también participará en esta instancia académica.

En esta primera versión, las jornadas estuvieron centradas en el análisis crítico del concepto de incumplimiento contractual y en el examen comparado del régimen de remedios que los ordenamientos jurídico privados de Colombia y Chile contemplan frente a este fenómeno.

En este contexto, la profesora Pamela Prado presentó la ponencia “Una visión crítica de la jurisprudencia acerca de la aplicación de la excepción de contrato no cumplido”, abordando el tratamiento que los tribunales chilenos han dado a esta institución, tradicionalmente vinculada con el artículo 1552 del Código Civil.

Durante su exposición, la académica analizó el alcance que la excepción de contrato no cumplido ha adquirido en el sistema jurídico chileno, particularmente en relación con los remedios contractuales que pueden verse afectados por su aplicación. Para ello, examinó recientes sentencias, especialmente aquellas pronunciadas por los tribunales superiores de justicia, con el objetivo de identificar los principales criterios que actualmente orientan su aplicación.

A partir de este análisis, la profesora Prado sostuvo que la jurisprudencia permite constatar que la excepción resulta susceptible de ser invocada para enervar tanto la pretensión de cumplimiento como la indemnización derivada del incumplimiento contractual. No obstante, señaló que todavía persisten algunas interrogantes respecto de su relación con el remedio resolutorio.

En este último ámbito, destacó que es posible advertir una evolución en la jurisprudencia de la Corte Suprema, que progresivamente ha tendido a uniformar su criterio en favor de admitir la resolución del contrato aun cuando existan incumplimientos recíprocos entre las partes.

La participación de la académica de la Universidad de Valparaíso contribuyó así al diálogo comparado entre la doctrina y jurisprudencia chilena y colombiana, fortaleciendo el intercambio académico en torno a los desafíos contemporáneos del Derecho Civil y, particularmente, al régimen de remedios frente al incumplimiento contractual.

Nota: Camila Cortez / Foto: Denis Isla

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