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Profesora de la UV participa en conversatorio sobre nueva ley de adopción en Chile

31 julio 2025

Rommy Álvarez expuso sobre los “contactos postadoptivos” en el contexto de la nueva regulación que ha sido aprobada por el Congreso Nacional.

La profesora de Rommy Álvarez, de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, participó como expositora en el conversatorio “El derecho de los niños y las niñas a vivir en familia. La nueva ley de adopción en Chile”. La actividad —desarrollada en modalidad online— fue organizada por el diplomado “Nuevas tendencias del Derecho de Familia” y el departamento de Derecho Privado de la Universidad Alberto Hurtado.

En la oportunidad, la presentación de la académica del Departamento de Derecho Civil de la UV se centró en abordar aspectos legales de los “contactos postadoptivos”, que se introducen en Chile con la ley que este jueves 31 de julio promulga el Ejecutivo.

Según explicó, “se trata de una materia de gran novedad en nuestro sistema, que precisa ser abordada interdisciplinarmente. La contribución al interés superior del niño, niña o adolescente, la satisfacción de su derecho a la identidad en forma concreta, la consideración de su voluntad conforme su autonomía progresiva y la de los consentimientos, tanto de padres biológicos como adoptivos, hermanos y personas significativas, nos hablan también de soluciones colaborativas en este ámbito, materias que constituyen un gran desafío en su abordaje e implementación”.

“La materia de los contactos post adoptivos se concibe como una modalidad de la adopción de menores de edad a cuya constitución y efectos jurídicos les son aplicables las reglas legales generales, que la caracterizan como herramienta de protección jurídica y vía para el establecimiento de la filiación que, centrada en el interés superior del niño, niña o adolescente adoptado y la consideración de la conformación de su identidad personal, flexibiliza el rigor de la ruptura de los lazos con la familia biológica. Esto contempla la mantención de algún tipo de contacto o relación personal con hermanas o hermanos biológicos o con determinados miembros de su familia de origen, en atención a la existencia de vínculos afectivos previos de significativa relevancia para él o ella, valoradas sus particulares circunstancias personales y familiares”, añadió.

Nota: Camila Cortez