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Concluyó curso abierto “La Constitución que queremos” con diálogo sobre cómo constituir

23 Octubre 2020

En la última sesión participaron Jaime Bassa y Viviana Ponce de León.

Con la charla “Cómo constituir: asamblea constituyente y nueva Constitución”, finalizó el curso abierto “La Constitución que queremos: ideas para una nueva Constitución para Chile”, iniciativa del departamento de Derecho Público de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso que se extendió por cerca de tres meses y constó de una sesión inaugural con invitados nacionales e internacionales y once sesiones que encabezaron destacados docentes de universidades chilenas. El objetivo del ciclo fue generar un espacio de propuestas y discusión sobre los contenidos que podría tener una futura nueva constitución para el país.

En la jornada de cierre expusieron los docentes Jaime Bassa (Universidad de Valparaíso) y Viviana Ponce de León (UACh), bajo la moderación por el académico de la UV Juan Carlos Ferrada.

Cambio de normas constitucionales funcionales a la concentración del poder

Jaime Bassa explicó que “la pregunta que comanda el texto es cómo constituir. El ejercicio se construye a partir de despejar una incógnita, porque se ha hablado mucho de la constitución y no siempre con plena claridad respecto del apellido, y uno de los problemas es la falta de claridad respecto de qué es lo que tiene que cambiar en un texto constitucional para que ese cambio pueda ser calificado de una nueva constitución. Efectivamente, hay un texto aprobado en 1980, distinto del que fue modificado luego de las reformas del ‘89, y distinto a su vez también de la reforma de Ricardo Lagos el 2005, que tiene además decenas de reformas particulares más a lo largo de estos últimos treinta años y, sin embargo, la constitución sigue siendo la carta fundamental del ‘80”.

Destacó que la pregunta por cómo constituir se vincula a la forma en la cual se identifica el corazón de una constitución, de modo que “mientras no cambie ese núcleo difícilmente las reformas secundarias podrían tener la potencia constituyente para alumbrar una constitución distinta. Desde esa perspectiva, mi propuesta es que el corazón del proyecto político de la constitución del ‘80 sigue estando vigente, porque los principales pilares que lo sostienen siguen ahí: la forma en que la carta fundamental configura las relaciones de poder político entre las personas a través del catálogo de derechos fundamentales, el cual prácticamente no tiene reformas; ese pilar teórico que entiende las relaciones entre la persona, la sociedad y el estado desde el principio de subsidiaridad, que configura la vida cotidiana de las personas y la forma en que el estado participa de ella; y una comprensión de la forma en que la constitución protege su propio proyecto político, materializada en una serie de normas que en los 90 identificábamos como enclaves autoritarios o instituciones contramayoritarias, y que en los últimos años se les ha venido a llamar trampas constitucionales”.

Desde esta perspectiva, indicó que “el corazón de la constitución, tanto la configuración de las formas jurídicas para el ejercicio del poder en el estado en clave neutralizada como las formas jurídicas para el ejercicio del poder en la sociedad desde los derechos fundamentales, siguen respondiendo al proyecto político original. Esto significa dos conclusiones: la constitución vigente sigue siendo la constitución del ‘80; y para que estemos en condiciones de hablar de una nueva constitución eso es lo que hay que cambiar, las normas constitucionales que son funcionales a la concentración del poder, a la neutralización de la potencia transformadora propia de la democracia, y la desmercantilización de los derechos fundamentales, especialmente los de carácter social”.

“¿Cómo identificar a la constitución del 2022 como una nueva constitución? Es fundamental que en la discusión constitucional se alleguen discursos de sectores estructuralmente postergados. Desde ese complemento de formas de representar simbólicamente la realidad es posible que la configuración constitucional del ejercicio del poder responda a maneras alternativas de entender el poder político, la presencia del estado, la forma en que el estado y la sociedad se configuran, etcétera. Por eso la participación política es importante, porque los sujetos políticos que han monopolizado el discurso constituyente en los últimos treinta o cuarenta años no son capaces de levantar un discurso constituyente distinto del que ya han levantado en el último tiempo, porque la forma de comprender el mundo es así, son cuestiones que no cambian, y la única forma de que un proceso colectivo sea capaz de llegar a un resultado distinto es incorporando formas de representación simbólica de la realidad diferentes, integrando sectores de la sociedad que participen no desde el privilegio, sino que desde la postergación, incluso desde la subalternidad”, detalló.

Compromiso efectivo con la democracia

Viviana Ponce de León indicó que “hay quienes consideran dado que con los paquetes de reformas del ‘89 y 2005 se eliminaron los principales enclaves autoritarios de la constitución del ’80 y puede decirse que estamos frente a una constitución distinta de la original. Y es cierto que se han suprimido algunos de los enclaves más intolerables desde un punto de vista democrático, pero en materia de derechos fundamentales el texto constitucional vigente responde casi íntegramente a su diseño original, y esto se debe a que la constitución del ‘80 fue diseñada con el propósito deliberado de posibilitar el programa político de la dictadura e impedir la implementación de otros programas alternativos, y esta es la idea a la que se alude cuando se dice que la constitución instauró un sistema de democracia protegida, caracterizado por una excesiva desconfianza hacia la deliberación popular y la regla de la mayoría”.

“El problema más serio que plantea este sistema de democracia protegida es que no solo impide adaptar el ordenamiento jurídico infraconstitucional -leyes, reglamentos y políticas públicas- a las demandas sociales, sino que impide también adaptar la constitución misma a esas demandas, y frente a esto la pregunta debe ser cómo es que se han introducido varias reformas a la constitución. Por un lado, cuando ha sido posible introducir reformas significativas a la constitución, éstas han llegado con una lentitud extrema. Recordemos, por ejemplo, que la supresión de los senadores vitalicios y designados solo fue posible quince años después del retorno a la democracia, mientras que la derogación del sistema binominal solo fue posible 25 años después”, añadió.

Explicó que el proceso constituyente “ofrece ciertas oportunidades para la deliberación democrática en la elaboración de un nuevo texto constitucional que no estarían presentes en la discusión de una simple reforma constitucional. Me refiero en concreto a la controversial idea de la hoja en blanco, que suscita varios mitos, temores y caricaturas. Para entenderla correctamente, hay que tener en cuenta que estamos hablando de una metáfora, que tiene como presupuesto que estamos hablando de una nueva constitución que reemplaza a la que actualmente está vigente y no de una simple reforma o ajuste a la constitución vigente”.